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Décima Reunión Ordinaria de la Junta Directiva del IMELCF
Día del Biólogo
Mejoras en infraestructura de la Morgue Judicial de Ancón
Día del Abogado
Día del Químico
Octava Reunión Ordinaria de la Junta Directiva del IMELCF
Principios Institucionales
Objetividad.
Con absoluta imparcialidad y justicia.
Responsabilidad.
Desempeñando fielmente sus cargos atendiendo a la responsabilidad civil, penal y disciplinaria por faltas y delitos cometidos.
Probidad.
Con honradez, rectitud, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal. Sin aceptar compensación alguna que pueda incurrir en falta a sus deberes y obligaciones.
Prudencia.
Evitando acciones que puedan poner en riesgo la finalidad de la función pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener la sociedad respecto de sus instituciones.
Respeto por los Derechos Humanos.
Garantizando que sus funciones se realicen con respeto a los derechos humanos.
Discreción.
Guardando reserva respecto de hechos o informaciones de los que tengan conocimiento, con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones.
Independencia de criterio.
No involucrándose en situaciones, actividades o intereses incompatibles con sus funciones o que conlleven un conflicto de interés.
Transparencia y rendición de cuentas.
Salvo las limitaciones previstas en la ley, se garantizará el acceso a la información, sin otros límites que aquellos que impongan el interés público y los derechos de privacidad de los particulares.
Declaración jurada patrimonial.
El director general del IMELCF y otros funcionarios a que se refiere el Artículo 304 de la Constitución Política de la República de Panamá y las leyes que lo desarrollan, presentarán declaración jurada, de acceso público sobre su situación patrimonial y financiera dentro de los diez días hábiles siguientes al haber asumido el cargo y cada cinco años y diez días hábiles siguientes al término de la separación.